Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2014
Fecha: 25-Mar-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 30 de enero de 2014, cursante de fs. 282 a 286 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por René Carlos Gonzales en representación legal de Ninoska Ángela Cardona Villarroel, Marlene Grace Anaya Domínguez, Gloria Angélica Sabja Sanjinés, Oscar Mario López Nina, Denny Víctor Illanes Valverde, Tomás Argandoña Colque, José Hugo Santillán Gonzales, Romer Hugo Mercado Terrazona y María Rosario Rosas Rojas contra Edmundo Novillo Aguilar, Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3 Trámite Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Sobre la normativa aplicable para la sustanciación de los recursos de revocatoria y jerárquico en situaciones relativas al ingreso, promoción y retiro de la carrera administrativa
- Por lo que este Tribunal, establece que la norma aplicable al procedimiento de los citados recursos de revocatoria y jerárquicos, constituye el DS 26319.
- recurso jerárquico
- II.
- III.
- Artículo 56°.- (Atribuciones del Ministro o Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR