SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0657/2014

Fecha: 25-Mar-2014

II.3.

II.3.    En recurso de revocatoria, el Director Técnico del SEDES, dictó las siguientes Resoluciones: 131/2012 de 15 de junio, en el interpuesto por Gloria Angélica Sabja Sanjinez, Marlene Grace Anaya Domínguez, José Hugo Santillán Gonzales, Tomas Argandoña Colque, Denny Victor Illanes Valverde y Ninoska Ángela Cardona Villarroel; 137/2012 de 25 de junio, planteado por Romer Hugo Mercado Terrazona; 138/2012 de 2 de julio, por Oscar Mario López Nina y 141/2012 de 5 de julio, por María Rosario Rosas Rojas, a través de las cuales se confirmó la Resolución 78/12, con el fundamento que que al no existir disposición legal para efectuar concursos cerrados institucionales, los que no se sujeten a las disposiciones legales vigentes en el momento de su realización, serían nulos de pleno derecho, ya que el SEDES desarrolla sus actividades en el marco de la Ley de Administración y Control Gubernamental y la Ley de Procedimiento Administrativo, siendo que la Resolución impugnada, fue emitida conforme al DS 25233 de 27 de noviembre de 1998 (fs. 4 a 42).