Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2014
Fecha: 10-Abr-2014
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La representante alega indebido procesamiento con violación de los derechos y garantías constitucionales del accionante a la presunción de inocencia, tutela jurídica eficaz, congruencia, falta de valoración de la prueba y carencia de debida fundamentación, del principio “nemo tenetur”, celeridad e igualdad, citando al efecto los arts. 14, 21.7, 109, 113, 115, 116, 117, 119, 125, 126 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Atribuciones específicas del tribunal de alzada que resuelve la apelación incidental contra resoluciones que imponen, rechazan o modifican medidas cautelares
- Fragmento 16
- III.4. El caso en examen
- es la fundamentación y motivación de las resoluciones
- fundamentación y motivación
- Fragmento 20