SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal (caso de corte) seguido por el Ministerio Público, Banco BIDESA, FONVIS en liquidación y otros contra Luís Fernando Roberto Landivar Roca, Néstor Portocarrero Zambrana y otros por la presunta comisión del delito de organización criminal y otros, el segundo de los nombrados y ahora accionante, solicitó la cesación de su detención preventiva que le fue concedida mediante Resolución 027/2003 de 6 de junio, emitida por la Sala Plena de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, imponiéndole las medidas sustitutivas de detención domiciliaria, arraigo, la prohibición de comunicarse con personas relacionadas con el litigio y una fianza económica de $us500 000, fianza que fue modificada a $us80 000, por Auto 031/2003 de 16 de junio (fs. 8 a 11).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Atribuciones específicas del tribunal de alzada que resuelve la apelación incidental contra resoluciones que imponen, rechazan o modifican medidas cautelares
- Fragmento 16
- III.4. El caso en examen
- es la fundamentación y motivación de las resoluciones
- fundamentación y motivación
- Fragmento 20