Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2014
Fecha: 10-Abr-2014
II.5.
II.5. Devueltos los antecedentes al Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, su la Sala Plena en cumplimiento del Auto de Vista de 30 de agosto de 2013, emitió la Resolución de 23 de septiembre del mismo año, por la que rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva impetrada por el accionante, por la existencia de riesgos procesales (obstaculización), determinación contra la que no se interpuso el recurso de apelación incidental (fs. 72 a 78 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Atribuciones específicas del tribunal de alzada que resuelve la apelación incidental contra resoluciones que imponen, rechazan o modifican medidas cautelares
- Fragmento 16
- III.4. El caso en examen
- es la fundamentación y motivación de las resoluciones
- fundamentación y motivación
- Fragmento 20