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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0982/2014

    Fecha: 28-May-2014

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7. El 25 de noviembre de 2011
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
    • Se rige esencialmente por los principios de subsidiariedad e
    • “(OBJETO).
    • La Acción de Amparo Constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis
    • computables a partir de la comisión de la vulneración alegada
    • Entendimiento, que está sustentado básicamente en el principio de preclusión de los derechos para accionar, pues por principio general del derecho ningún actor procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
    • comienza a computarse desde la comisión de la vulneración alegada
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 24
    • CONFIRMAR en todo

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