SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1076/2014

Fecha: 10-Jun-2014

II.18.

II.18.  Cursa voto disidente, emitido por Teresa Lourdes Ardaya P. Vocal de Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, estableciendo que: “Por Auto de fs. 553 se establece la relación procesal y se fijan los puntos que han de ser objeto de prueba, el mismo que es objetado por la institución demandada BANCO ECONOMICO S.A., (…) teniendo como respuesta del juzgador 'no haber lugar a la petición', originando la interposición del Recurso de Apelación de fs. 622 a 626, el mismo que luego del traslado correspondiente a la parte actora, menciona que, 'se considerará a tiempo de dictar resolución final', (…) es decir que no consta procesalmente la resolución al recurso interpuesto, pues no se ha encontrado la tramitación a dicho recurso conforme al art. 241 del Código de Procedimiento Civil (CPC), no obstante que la parte adversa contestó el Recurso con memorial de fs. 635 a 638.