SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1309/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1309/2014

Fecha: 30-Jun-2014

estableciéndose la fecha de registro el 8 de abril de 2003

De los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que, el 9 de abril de 2003, FUNDEMPRESA, certificó la inscripción de la empresa comercial unipersonal (PIDA LUCANA) Planta Industrializadora de Alimentos, con matrícula 00103364, siendo la representante legal Marilyn Lucana de Estrada -ahora accionante-, estableciéndose la fecha de registro el 8 de abril de 2003, con domicilio en la ciudad de La Paz. Posteriormente, el SENAPI a través de la Directora de Propiedad Industrial, certificó que la marca de fábrica LUCANA, que protege los productos en la clase 29 y 30 de la clasificación internacional de Niza, solicitó el registro el 22 de abril de 2003; asimismo, emitió las Resoluciones, inscribiendo la marca producto solicitada, y expidió los certificados de registro 130745-C clase 30 y 130746-C clase 29.