SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1309/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1309/2014

Fecha: 30-Jun-2014

II.5.

II.5.  A través del memorial de 29 de septiembre de 2011 dirigido al Director del SENAPI, la accionante presentó oposición al registro de la marca PRODUCTOS LUCANA en la clase 30 de la clasificación internacional de Niza, que fue solicitada por Alberto Lucana Ramos, por su empresa unipersonal Productos Lucana, al amparo de los arts. 147 y 149 de la Decisión 486 emanada de  la Comisión de la CAN, pidiendo se niegue el registro de la marca mixta “Productos Lucana” (fs. 140 a 142); demanda que fue admitida mediante decreto de 3 de enero de 2012, por el Director de Propiedad Industrial del SENAPI (fs. 143).