DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2014

Fecha: 25-Jul-2014

control automático y obligatorio

Asimismo, atendiendo al contenido previsto en el artículo referido supra, la Constitución consagra respecto del control de proyectos de estatutos y cartas orgánicas, un control automático y obligatorio, que se realiza inmediatamente haya sido aprobado el proyecto de carta orgánica o estatuto autonómico elaborados por el órgano deliberativo de la entidad territorial que se trate. Esto supone también, que la vigilancia  que debe ejercer el Tribunal Constitucional Plurinacional, respecto del proyecto de estos instrumentos normativos es un control integral, se realiza un análisis de todo el proyecto de carta orgánica o estatuto autonómico con todas las normas constitucionales, a efectos asegurar y garantizar la supremacía constitucional; en esta labor se confronta los preceptos del proyecto normativo con toda la Constitución, en virtud de ello, las disposiciones que se encuentren incompatibles no pueden ingresar al ordenamiento jurídico, debiendo en su caso ser adecuados conforme a los postulados constitucionales.