DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2014

Fecha: 25-Jul-2014

declarar la incompatibilidad del art. 91.I del proyecto de referencia, por no guardar concordancia con los arts. 386 y 387 de la Constitución Política del Estado.

Con este propósito, el DS 071 de 9 de abril de 2009, crea la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra, entidad que entre otras atribuciones tiene a su cargo ejecutar acciones de prevención, control y fiscalización de los usos inadecuados de los recursos forestales, imponiendo sanciones cuando corresponda; como también realizar inspecciones y auditorías forestales a las actividades autorizadas sobre esta materia.

Esta competencia se sustenta en lo dispuesto por el art. 387.II de la CPE, que remite a una ley la protección y aprovechamiento de las especies forestales de relevancia socioeconómica, cultural y ecológica; disposición legal que eventualmente recae en la Ley Forestal, aplicable por mandato del art. 70.II de la LMAD, por la que el nivel central del Estado, ejerce la facultad legislativa de las competencias concurrentes previstas en el art. 299.II.7 y 11 de la CPE.