SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1380/2014
Fecha: 07-Jul-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La representante denuncia la vulneración de los derechos de la accionante al debido proceso, en sus elementos de motivación y fundamentación debida de las resoluciones y al acceso a la jurisdicción, alegando que dentro del proceso penal seguido por la ahora accionante contra Pedro Pablo Hinojosa Flores, por la presunta comisión del delito de estafa, tanto el Juez como los Vocales demandados, actuaron ilegalmente; el primero al pronunciar la Resolución de 17 de diciembre de 2012, desestimando su querella sin una debida fundamentación y los segundos, al emitir el Auto de Vista 61 de 23 de abril de 2013, declarando admisible e improcedente su apelación, sin pronunciarse sobre todos los agravios contenidos en dicho recurso, incurriendo igualmente en falta de motivación, a más de pronunciar el fallo, fuera del plazo previsto en el procedimiento penal.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Del debido proceso: Elementos de fundamentación y motivación que le son inherentes
- Del razonamiento descrito, colegimos que la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos,
- Fragmento 19
- III.2.2. Derecho de acceso a la justicia
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 24