SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1550/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1550/2014

Fecha: 01-Ago-2014

II.6.

II.6.    Por memorial de 15 de febrero de 2013, el accionante solicitó la excusa de los Vocales miembros de la Sala Civil y Comercial Segunda, pidiendo se haga conocer la misma a cada uno de ellos y se excusen del conocimiento de la causa (fs. 68 a 69). Ello motivó a la emisión del Auto 14/2013 de 19 de febrero, por el cual Alain Núñez Rojas y Editha Pedraza Becerra, determinan no allanarse a la “recusación” (sic), haciendo constar al pie de dicho Auto, una nota que refiere: “Con relación a la recusación de la Dra. Teresa Lourdes Ardaya Pérez estese al Auto que sale a fs. 409” (sic) (fs. 70 y vta.). Remitido en consulta el Auto 14/2013, la Sala Penal Primera del mismo Tribunal, mediante Auto de Vista 23 de 5 de abril de 2013, confirmó el rechazo de la recusación, disponiendo que los demandados continúen en el conocimiento de la causa (fs. 76 a 77).