SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2014

Fecha: 01-Ago-2014

II.6.

II.6.  En atención a la SC 1588/2011-R, la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, emitió el AS 107/2013 de 22 de abril, mediante el cual en relación a los miembros del Directorio de ENFE, estableció: “En ese entendido la Juez 'A quo' valoró acertadamente la prueba y efectuó una correcta calificación de la conducta de los procesados señalados en este punto respecto al tipo penal previsto por el artículo 221 del Código Penal y con relación al quatum de la pena (de 3 años de reclusión) aplicando en lo que se refiere al caso en concreto las previsiones contenidas en los arts. 37, 38 y 40 del Código Penal, referidos a la mayor o menor gravedad de los hechos las circunstancias o consecuencias del delito, la personalidad del autor, la edad, la educación, las costumbres y la conducta precedente como posterior de los sujetos, los móviles que le impulsaron, y teniéndose en cuanta además los antecedentes judiciales y policiales, tal como se refirió en la Sentencia a fs. 30158 a 30161. Por lo expuesto, resulta evidente que el Auto de Vista impugnado no consideró a cabalidad los alcances del artículo 221 del Código Penal, de acuerdo a los datos expuestos en este punto.