SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1561/2014

Fecha: 01-Ago-2014

Por ello corresponde incrementar las sanciones respectivas hasta el máximo previsto, excepto a los miembros del Directorio de la Empresa Nacional de Ferrocarriles

         Que en cuanto a la imposición de las penas, se advierte que la Sentencia de primera instancia incurrió parcialmente en error, pues no obstante haber mencionado que para el efecto se debe tener en cuenta la mayor o menor gravedad de los hechos, y reconociendo que el Presidente Ejecutivo, los Gerentes y el Directorio adjudicaron bienes por precios inferiores al valor catastral, no aplicó tal convencimiento al fijar las penas. Por ello corresponde incrementar las sanciones respectivas hasta el máximo previsto, excepto a los miembros del Directorio de la Empresa Nacional de Ferrocarriles” (sic) (las negrillas son nuestras); casando el Auto de Vista impugnado y declarando subsistente la Sentencia de primera instancia dictada por la Jueza Cuarta de Partido en lo Penal y Liquidadora; y con relación a los imputados, Germán Esteban Medrano Kreidler, Rene Navajas Mogro, Jorge Roberto Gisbert Bermúdez, Ricardo Arcil Menacho Ríos, Freddy Heinrich Balcázar, se les incrementó la pena a cinco años de privación de libertad (fs. 218 a 232 vta., del expediente 05259-2013-11-AAC; y, 222 a 236 vta., del expediente 05363-2013-11-AAC).