Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1600/2014
Fecha: 19-Ago-2014
II.1.
II.1. El 8 de junio de 2012, Ruth Milena Gonzales Rojas y Andrea Natali Torrico Gonzales, codemandadas en la presente acción tutelar, interpusieron una anterior acción de amparo constitucional contra los hijos de la hoy accionante, Álvaro Daniel, María Melvy y Víctor Hugo todos Méndez Torrico, denunciando en aquella oportunidad, medidas de hecho cometidas por los indicados, al haberles restringido el ingreso a la vivienda ubicada en la calle Jordán, pasaje Loa 654, desconociendo su derecho sucesorio; por lo que, no podían ser despojadas de la misma, sin existencia de una sentencia ejecutoriada sobre división y partición de bienes (fs. 32 a 34).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. Del cumplimiento de las resoluciones de la justicia constitucional y la imposibilidad de interponer una nueva acción tutelar con el objeto de asegurar o cuestionar lo resuelto en una anterior
- importaría pretender negar eficacia a los efectos de los fallos de la jurisdicción constitucional y generar un círculo vicioso que provocaría el colapso de esta jurisdicción; por ende daría lugar a la utilización insulsa tanto de recursos económicos como humanos, así como también el gasto inoficioso de recursos al agraviado que ya obtuvo tutela
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR