SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1739/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1739/2014

Fecha: 05-Sep-2014

II.2.

II.2.  La Jueza Octavo de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Cochabamba, por Sentencia de 30 de abril de 2008, declaró probada parcialmente la demanda principal y su ampliación, improbadas las excepciones opuestas a la demanda, improbada la demanda reconvencional y probadas las excepciones opuestas a la reconvención, determinando: i) La nulidad del documento de compra venta de 14 de noviembre de 1997, convertido en la Escritura Pública 265 de 29 de marzo de 2000; ii) La nulidad del documento de compra venta de un lote de terreno, elevada a Escritura Publica 265 de 27 de abril de 2000; iii) La cancelación de las matriculas 3.01.1.01.0007363 y 3.01.1.01.0007377; iv) La suscripción por los demandados, de nuevas escrituras públicas traslativas del dominio de propiedad, a favor de la actora en el plazo de diez días siguientes de ejecutoriada la “Sentencia”; y, v) El pago de daños y perjuicios por la demandada Delina Dora Rojas Rueda en ejecución de fallos. Asimismo, por Auto de 14 de mayo de 2008, en vía de complementación, ordenó a la demandada devolver la suma de $us.11 000.- que retiró indebidamente de la Cooperativa Hospicio (fs. 436 a 442 vta. y 445).