Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1774/2014
Fecha: 15-Sep-2014
II.2.
II.2. El formulario de citaciones y notificaciones, que corre a fs. 41, da cuenta que el Oficial de Diligencias del citado Despacho Judicial, el 23 de mayo de 2000, practicó la citación con la demanda y Sentencia a la empresa coactivada, representada por Mario Jaime Jiménez Prudencio, así como a los garantes, personales, solidarios, mancomunados e indivisibles.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El recurso de apelación y su relación con el principio de pertinencia
- III.2. Deberes de los jueces y tribunales de alzada
- i) Conducta
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR