Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia con la DCP 0020/2015 de 16 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), manifiestan su disidencia con la DCP 0020/2015 de 16 de enero, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 16.- Vigencia del derecho autonómico

La Autonomía Municipal de Yamparáez proclama y reconoce la vigencia del derecho autonómico para todos los habitantes, en estricta sujeción a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado Plurinacional, Ley Marco de Autonomías y Descentralización, Carta Orgánica Municipal y otras normativas referidas a la Autonomía Municipal emanadas del nivel central y del Concejo Municipal”.