SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2015-S1

Fecha: 27-Ene-2015

Fragmento 16

         De lo que se infiere que el término (diez días) para la presentación de un recurso de apelación corre a partir de la notificación de la resolución que será impugnada, es decir, se computara a partir de la fecha y hora de la citación, entendiéndose entonces que es de momento a momento, tal como la norma lo indica estos son fatales y de su inobservancia y/o incumplimiento para la interposición del recurso mencionado, puede dar lugar a que sea rechazado”.