Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0070/2015-S3
Fecha: 30-Ene-2015
II.2.
II.2. Por Resolución de 9 de enero de 2014, Hugo Michel Lescano, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del departamento de Chuquisaca -ahora demandado-, en aplicación de los arts. 54 incs. 1) y 2); 233 incs. 1) y 2), relacionando este último con los arts. 234 y 235, todos del CPP, resuelve la aplicación de la medida cautelar de la detención preventiva de la imputada -ahora accionante-, bajo los siguientes argumentos:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- 3)
- II.2.
- iii)
- vi)
- b)
- c)
- d)
- II.4.
- 4)
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- pueda tomar
- 2° Disponer