Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2015-S2
Fecha: 06-Oct-2015
II.2.
II.2. Cursa en obrados memorial presentado ante el Juez de Partido Ordinario de Turno Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, de demanda de medida preparatoria interpuesto por Mario Alfredo, Mercedes Ingrid y Ana María, todos Peláez Descarpontriez; dado que por el documento suscrito el 25 de septiembre de 2000 su madre representada en ese acto por el primero de sus hijos nombrados, en forma simulada vendió a favor de Evar Suárez Amelunge un bien inmueble de su propiedad ubicado en la Calle Guemes 5, UV 33, Maz. 3 de Santa Cruz, con una extensión de 885,50 m2; simulación que encubría un préstamo de dinero otorgado por Evar Suárez Amelunge y Cinthia Suárez de Marchety (fs. 29 a 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho al debido proceso
- coherencia que debe tener toda resolución
- límite al poder discrecional del juzgador
- Fragmento 19
- III.3. Valoración de la prueba
- III.4. Análisis del caso en concreto
- representada
- Fragmento 23
- CONFIRMAR en todo