SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0965/2015-S2

Fecha: 06-Oct-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus componentes de aplicación objetiva de las normas, debida motivación, congruencia y valoración de la prueba, por cuanto los Magistrados miembros de la Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia emitieron el Auto de Supremo 149/2014, casando en el fondo el Auto de Vista 93 y manteniendo firme la Sentencia de primera instancia emitida por el Juez Doceavo de Partico Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, bajo el criterio que los ahora accionantes en el proceso tenían la calidad de parte del contrato de compra venta al haber sido declarados herederos al fallecimiento de la vendedora y que en consecuencia la nulidad pretendida por simulación de contrato debe obedecer limitativamente al art. 545.II del CC, reduciendo todo a la existencia de un contradocumento u otra prueba escrita, desconociendo de esa forma dos principios característicos de la Norma Suprema, cuales son el principio de verdad material e informalismo, por la que los jueces tienen la libertad de valorar la realidad y demás pruebas que vieren pertinentes en atención a la sana crítica.