SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S2

Fecha: 19-Oct-2015

éstos debieron impugnar previamente lo obrado y considerado ilegal, por todos los medios idóneos de defensa intra procesales

           Finalmente, comprobando esta Sala que, los Fiscales de Materia accionantes, actuaron negligentemente en la causa penal seguida contra Mariana Molina Santa Rosa y otros, por el supuesto delito de legitimación de ganancias ilícitas y otros, al no impugnar los aspectos que ahora cuestionan en la demanda tutelar, en el momento oportuno dentro del proceso penal de referencia; se tiene que éstos no podían pedir la nulidad de todo lo obrado, menos sí conforme al principio de convalidación detallado en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional plurinacional, inherente como presupuesto o antecedente para la procedencia de la nulidad de los actos procesales; éstos debieron impugnar previamente lo obrado y considerado ilegal, por todos los medios idóneos de defensa intra procesales previstos en el ordenamiento jurídico dentro de plazo legal. Al no proceder así, dejaron precluir su derecho de impugnar lo actuado, por omisiones propias a su labor fiscal, y en desmedro propio del ejercicio del derecho a la defensa que les asistía.

           Conforme a lo expuesto, corresponde revocar la concesión inicial de la tutela determinada por el Tribunal de garantías, instancia que, no efectuó un análisis prolijo y detallado de la causa constitucional sometida a su conocimiento; compeliendo de acuerdo a lo expuesto en el presente Fundamento Jurídico, denegar la tutela impetrada, por las razones ampliamente detalladas en la presente Resolución.