SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1041/2015-S2

Fecha: 19-Oct-2015

II.7.

II.7.    Mediante Auto de Vista 169 de 3 de junio de 2014, notificado al Ministerio Público el 31 de julio del año anotado; la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, declaró no ha lugar a la solicitud de complementación y enmienda presentada por el Ministerio Público (fs. 16), en relación al Auto de Vista 67, al no poder modificarse el fondo del asunto, conforme impetraban los representantes de la entidad precitada. Por otra parte, respecto a la no consideración del incidente de nulidad, los Vocales demandados, indicaron que resultaba claro que, cuando un juez o tribunal se pronuncia sobre el fondo del asunto disponiendo la extinción de la acción penal, ya no resultaba necesario procedimentalmente considerar otros aspectos que atañían al proceso, por ser cuestiones secundarias que no afectaban al asunto (fs. 49 a 50).