SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

II.2.

II.2.  Por memorial presentado el 6 de octubre de 2014, ante el Juez Decimotercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz -ahora demandado-, el accionante señaló que considerando que en ejecución de fallos la liquidación del monto adeudado se realiza en la vía incidental, solicitó que dicha autoridad judicial disponga la apertura del término de prueba de veinte días comunes y perentorios a las partes (fs. 375); solicitud que fue concedida por la citada autoridad judicial demandada mediante decreto de 8 del mencionado mes y año (fs. 376).