SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, en su elemento a la producción de pruebas, a la tutela judicial efectiva en su elemento de cumplimiento de los fallos ejecutoriados y a la propiedad; toda vez que, en ejecución del Laudo Arbitral, el Juez ahora demandado mediante decreto de 28 de enero de 2015, revocó y rechazó la prueba pericial ofrecida en plazo, sin ningún fundamento jurídico; así también, por Auto de 11 de febrero del citado año, rechazó el cumplimiento del punto cuarto del Laudo Arbitral, argumentando que el mismo no fijó suma líquida ni plazo para su cumplimiento, además que la responsabilidad sería del representante legal debiendo pedirla en la vía competente una vez constituida la nueva estructura de la sociedad, no pudiendo pedirlo uno solo de los socios, pese a que el citado Laudo ejecutoriado, tiene calidad de cosa juzgada, es obligatorio y de inexcusable cumplimiento.