SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2015-S3

Fecha: 05-Nov-2015

II.6.

II.6.  El memorial citado en el párrafo precedente fue respondido mediante decreto de 28 de enero de 2015, emitido por el Juez demandado, que indicó que: “…el incidente de ejecución de laudo arbitral y liquidación de responsabilidad tiene como base la documental detallada en la propia liquidación y solicitud presentada por la parte demandante, la prueba pericial ofrecida a fs. 410 y admitida a fs. 411, carece de idoneidad, pues su análisis jurídico corresponde hacerlo al suscrito, por lo que se deja sin efecto el decreto de fs. 411 y no habiéndose más prueba documental, se declara cerrado el plazo probatorio…” (sic) (fs. 390).