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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2015-S2

    Fecha: 10-Nov-2015

    II.6.

    II.6. El 29 de enero de 2015, Rosse Mary Montero Guevara, formuló recurso de apelación contra la Resolución 07/2015 de 21 de enero, solicitando la revocatoria total de la misma, disponiéndose la admisión y prosecución del proceso, aduciendo que la autoridad a quo, dictó un fallo que afecta su derecho de acceso a la justicia, al negase a sustanciar y probar en un juicio oral y contradictorio su acusación (fs. 87 a 88 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • I.2.3. Intervención del tercero interesado
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre el derecho al debido proceso
    • III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
    • III.3. Prohibición de nuevo juzgamiento sobre el mismo hecho o garantía del non bis in idem
    • a)
    • existirá vulneración al non bis in idem, no sólo cuando se sanciona sino también cuando se juzga nuevamente a una persona por un mismo hecho
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 23
    • CONFIRMAR

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