SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2015-S3
Fecha: 16-Nov-2015
ii)
ii) Del mismo modo, en otra acción tutelar en la cual, las autoridades demandadas rechazaron el incidente de nulidad, reclamando la incorrecta notificación efectuada en Secretaría de Sala y no como correspondía en el domicilio procesal, donde solicita la nulidad de la diligencia de notificación y nulidad de todos los actuados posteriores a dicha diligencia, afectando su derecho al debido proceso, la SCP 0142/2014-S2 de 17 de noviembre, determinó denegar la pretensión de la accionante bajo el siguiente fundamento: “…si la accionante consideraba que fue incorrectamente notificada debió reclamar en esa oportunidad y no esperar el resultado del recurso de casación, que al haberle sido desfavorable, recién pretenda anular reclamando el defecto de un acto procesal que en su momento fue aceptado como válido, pues no cuestionó su notificación al plantear la solicitud de complementación y enmienda…” (las negrillas son nuestras);
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- art. 10 inc. a) l); art. 11 inc. K, art. 47 inc. a) numeral I, inc. b) numeral 1), 15) y 18) del Reglamento Interno de Personal del SEDES La Paz
- FORMALIZAR Y PUEDA PRESENTAR MIS PRUEBAS DE DESCARGO
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe ser denegada contra los actos libre y expresamente consentidos por el accionante, los que pueden ser expresos, cuando se aceptó fehaciente o tácito el acto ilegal o la omisión indebida, dejando transcurrir el plazo que se tiene para impugnar
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- la terminología a utilizarse en la parte dispositiva de las acciones de amparo constitucional
- CONFIRMAR