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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2015-S3

    Fecha: 16-Nov-2015

    II.7.

    II.7. Mediante memorial presentado el 9 de enero de 2015, la ahora accionante solicitó a la Jueza Sumariante del SEDES La Paz hoy demandada, fotocopias simples de todo lo obrado en el proceso disciplinario seguido en su contra (fs. 310), y por decreto de 13 de ese mes, se dispuso franquear fotocopia simple de todo el proceso (fs. 318).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • art. 10 inc. a) l); art. 11 inc. K, art. 47 inc. a) numeral I, inc. b) numeral 1), 15) y 18) del Reglamento Interno de Personal del SEDES La Paz
    • FORMALIZAR Y PUEDA PRESENTAR MIS PRUEBAS DE DESCARGO
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • debe ser denegada contra los actos libre y expresamente consentidos por el accionante, los que pueden ser expresos, cuando se aceptó fehaciente o tácito el acto ilegal o la omisión indebida, dejando transcurrir el plazo que se tiene para impugnar
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • i)
    • ii)
    • iii)
    • iv)
    • la terminología a utilizarse en la parte dispositiva de las acciones de amparo constitucional
    • CONFIRMAR

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