SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1181/2015-S3

Fecha: 16-Nov-2015

iii)

iii)     Asimismo, se tiene que en otra acción tutelar similar a la presente se pidió a la jurisdicción constitucional corregir presuntos actos lesivos, a lo cual la SCP 0570/2015-S3 de 10 de junio, sostuvo lo siguiente: “…se puede concluir que el accionante convalidó tales irregularidades al no haberlas reclamado o denunciado oportunamente a través del recurso de apelación, pues tenía a su alcance un medio idóneo y efectivo para que la Comisión de Reclamación los considere y en su caso asuma las determinaciones correspondientes; al no haber obrado de esa manera, no solo impidió que este Tribunal examine el reclamo formulado, sino también y de forma voluntaria causó su propia indefensión; si bien dedujo tal recurso en la forma, no hizo referencia a los aspectos que hoy pide sean considerados, lo cual lleva a concluir que aceptó tácitamente los mismos, permitiendo que operara el principio de convalidación(las negrillas son propias); y,