SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1287/2015-S2

Fecha: 13-Nov-2015

II.5.

II.5.    Por memorial presentado el 26 de mayo de 2015, se suscitó incidente de actividad procesal defectuosa señalando con argumentos similares a la presente acción que se habían incurrido en vulneraciones a los derechos y garantías constitucionales en la notificación mediante edictos de Dionisio Fernando Romero Seminario, por ser éste de nacionalidad peruana y no vivir dentro del territorio Boliviano; solicitando, se anulen obrados hasta el momento en que se presentó la denuncia y/o querella formal en su contra; asimismo, se deje sin efecto la solicitud de notificación por edictos presentada por el Fiscal de Materia codemandado, así como el Auto de 22 de igual mes y año, emitido por Rolando Chaca, Juez Tercero de instrucción en lo Penal del departamento de La Paz; al cual, por proveído de 27 del referido mes y año, Enrique Morales Díaz, nuevo Juez de la causa, corrió en traslado el incidente planteado fs. (58 a 61).