SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1195/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1195/2015-S3

Fecha: 02-Dic-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por Resolución Determinativa AN-ULEZR-RD 022/2012 de 6 de junio, la Administración Aduanera le impuso una deuda que asciende a UFV’s532 755,53.- (quinientos treinta y dos mil setecientos cincuenta y cinco 53/100 Unidades de Fomento a la Vivienda), contra la misma, interpuso recurso de alzada, resolviendo la ARIT Santa Cruz, mediante la Resolución de recurso de alzada ARIT-SCZ/RA 0344/2012, anular obrados hasta la Vista de Cargo AN-ULEZR-VC 034/2011 de 27 de diciembre; empero, la Administración Tributaria impugnó dicha Resolución; y, la AGIT mediante AGIT-RJ 0008/2013 de 2 de enero, determinó anular la Resolución de recurso de alzada, disponiendo que la ARIT Santa Cruz pronuncie nueva Resolución sobre los aspectos impugnados por el recurrente en su recurso de alzada.