SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2015-S3
Fecha: 09-Dic-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega la vulneración de los derechos a la vivienda, al debido proceso, así como el desconocimiento de los principios de seguridad jurídica, legalidad e inembargabilidad de los bienes públicos y aportes a la seguridad social, señalando que las autoridades demandadas no tomaron en cuenta, que se pretende exigir el pago de honorarios profesionales que ya fueron regulados en otro proceso, lo que constituye que los Laudos Arbitrales sean inejecutables, sumado al hecho de no haber considerado que conforme a los arts. 339.II de la CPE y 7.I de la Ley 163, los fondos transferidos por el ex FONVIS en Liquidación a la Unidad de Titulación del Fondo Nacional de Vivienda Social son de carácter público y por tanto inembargables.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- sobre el supuesto incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares:
- Fragmento 19
- 1)
- se tienen por subsistentes y válidos los actos realizados como efecto del cumplimiento de la resolución del Tribunal de garantías
- dejó vigente la Resolución 528/2010, dictada por la
- REVOCAR