SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1256/2015-S3

Fecha: 09-Dic-2015

sobre el supuesto incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares:

         Del contexto expuesto, se tiene que la denuncia de incumplimiento de lo dispuesto por acciones tutelares debe ser de conocimiento del tribunal o juez de garantías, que conoció la causa, en ese entendido la SCP 0243/2012 de 29 de mayo, concluyó que: “En ese mismo entendimiento, es decir sobre el supuesto incumplimiento a resoluciones pronunciadas en acciones tutelares: Este Tribunal en su amplia jurisprudencia estableció que ante la eventualidad de un acto de resistencia, desobediencia o incumplimiento de una Sentencia Constitucional, el accionante debe acudir ante el Juez o Tribunal que conoció la acción tutelar, por ser ésa autoridad la llamada a hacer cumplir sus propias determinaciones’” (las negrillas nos pertenecen).