SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1279/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1279/2015-S1

Fecha: 22-Dic-2015

II.3.

II.3.    En atención a la solicitud de cancelación y consiguiente orden de reposición de Ángel Buzolic Ayllon, la Jueza Primera de Partido de Familia del Distrito Judicial –ahora departamento– de Cochabamba, dictó el Auto de 5 de febrero de 2009, y en cumplimiento a la Sentencia 271/2008 de 11 de noviembre, dictada por Sala Plena de la Corte Suprema –ahora el Tribunal Supremo– de Justicia, en el recurso de revisión extraordinaria de sentencia dentro del proceso ordinario de nulidad de venta seguido por la accionante, dispuso la cancelación de la “Ptda. y Fs. 967 del Libro 1 ‘A’ de la ciudad de Cochabamba de 27 de abril de 1988” (sic); consecuentemente, ordenó la reposición de la “Ptda. 787 de 5 de abril de 1998” concerniente al derecho propietario reconocido por instrumento homologado en Sentencia ejecutoriada de divorcio en favor de los hijos de los litigantes por voluntad expresa del progenitor en documento de 12 de julio de 1978 (fs. 56 vta.).