SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1279/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1279/2015-S1

Fecha: 22-Dic-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante alegó la vulneración de los derechos de sus hijos a la propiedad privada, a la posesión, al debido proceso, del acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, a la vivienda, dignidad, “verdad”, “satisfacción de sus necesidades” y seguridad jurídica; toda vez que, la Jueza demandada, se negó de forma sistemática con argumentos ostensiblemente ilegales ejecutar inmediatamente los fallos ejecutoriados sobre todo la Sentencia de divorcio dictada el 26 de julio de 1985, que radica en ese juzgado por varios años, que declaró el exclusivo derecho propietario de sus hijos Ángel y María Alejandra Buzolic Prudencio, del inmueble ubicado en la “Av. América entre Pando y Melchor Urquidi de la ciudad de Cochabamba” (sic), en virtud al documento de cesión de derecho propietario por voluntad expresa del progenitor establecida en el documento de 12 de julio de 1978, ejecutoriada en toda forma de derecho mediante el Auto Supremo 165 de 15 de junio de 1987; incumpliendo su deber de otorgarles tutela judicial efectiva, pese a los reiterados pedidos de ejecución de sentencia.