SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1310/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1310/2015-S1

Fecha: 28-Dic-2015

I.1.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la Cooperativa “San Francisco Ltda.”, en su contra por la presunta comisión de los delitos de estafa, estelionato y “otros” (sic), se dispuso la detención preventiva para todos los imputados, incluido el accionante; recurriendo en apelación dicha determinación, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, pronunció el Auto de Vista 321/2014 de 9 de septiembre, por el cual declaró parcialmente procedentes los siete recursos, manteniendo incólume la detención preventiva que cumplía en el recinto penitenciario “San Roque”.

Por otra parte señaló que, la prueba documental presentada respecto a su crítico estado de salud, que además demuestra ser una persona de la tercera edad, no fueron valoradas adecuadamente en la realización de la audiencia de medidas cautelares que dispuso su detención preventiva, poniendo en grave riesgo su vida y con la ratificación del recurso de apelación por los Vocales ahora accionados, confirmaron tal peligro de porque hasta la interposición de la presente acción, se encontraba en celdas de la cárcel pública.

En relación al tercer punto de la resolución del incidente de apelación, refirió que las autoridades ahora demandadas, interpretaron de manera errónea la aplicación de los riesgos procesales establecidos en el art. 234. 1, 2, 5, 10 y 11 del Código de Procedimiento Penal (CPP) con relación al presupuesto de fuga previsto en el art. 234.2 y 10 del citado Adjetivo Penal, acogieron parcialmente la exclusión de los fundamentos de concurrencia del presupuesto de fuga previstos en el art. 234.11 del mismo compilado legal.