SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1349/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1349/2015-S2

Fecha: 16-Dic-2015

el 19 de marzo de 2012,

En ésta línea, teniendo presente que coherentemente la accionante persigue acometer contra la ilegal concesión del recurso de apelación, resulta evidente que debió interponer la presente acción contra la Resolución C-203/11, emitida por los Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz o contra el Auto de concesión del recurso de apelación de 29 de julio de 2011 dictado por la Jueza de la causa; éste último que le fue notificado el 19 de marzo de 2012, por lo que tomando en cuenta que ésta acción de amparo constitucional se presentó el 23 de junio de 2015, después de más de tres años de haber sido emitidos, cabe concluir que no cumplió el principio de inmediatez en función a que debió ser presentado dentro de los seis meses de ocurrido el acto ilegal u omisión indebida o de agotados los medios y recursos judiciales ordinarios idóneos para hacer cesar el acto, lo cual impide activar esta acción tutelar en forma extemporánea, por estar dicho plazo superabundantemente vencido; cuyos aspectos fueron abordados merced al análisis de la verdad material esencial atinente a los antecedentes de la causa.