Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2015
Fecha: 26-Feb-2015
II.2.
II.2. Cursa Nota CITE DOT 1222/13 de 5 de septiembre de 2013, de remisión de Certificado 343/13 de Uso de Suelo, la que fuera solicitada por Domingo de Siles Laime Ponce, Juez Agroambiental, dentro la demanda ordinaria de “retener la posesión sobre el inmueble en un lote de terreno de naturaleza agraria”, seguida por Virginia Choque Zurita contra Herminia Muriel Encinas, Celso Muriel Encinas y Blanca Maldonado, del terreno ubicado en el Distrito 09, Sub Distrito 31, zona Pucará Grande (fs. 25).
- a)
- 1)
- II.1.
- VIRGINIA CHOQUE ZURITA
- II.2.
- II.3
- II.4.
- FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1.
- Siguiendo con los argumentos del citado fallo constitucional, con relación a las competencias de la jurisdicción ordinaria civil y las competencias de la jurisdicción agroambiental
- con relación a las competencias de los jueces agroambientales,
- Conocer otras acciones reales, personales y mixtas derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria'”
- a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, en cuyo caso la competencia será de los jueces y tribunales agrarios,
- no puede quedar simplemente librada exclusivamente a lo que dispongan los gobiernos municipales
- sino también debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas
- III.2. De los conflictos negativos de competencias
- el conflicto jurisdiccional negativo, opera cuando mediante la utilización de mecanismos intra-procesales para el cuestionamiento de la competencia, dos o más autoridades jurisdiccionales se inhiben del conocimiento de la causa por considerarse incompetentes.
- III.3. Análisis del caso concreto
- ZONA URBANA
- debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad
- COMPETENTE