SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2015-S1

Fecha: 10-Feb-2015

”se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo”

En efecto, la Resolución 00000393, de la Comisión de Calificación de Rentas, lesionó el derecho a la eficacia de las resoluciones judiciales con calidad de cosa juzgada, al haber incumplido e inobservado las decisiones judiciales provenientes de operadores del órgano judicial en la medida de lo determinado a través del Auto de Vista y el Auto Supremo, que resolvieron reparar el derecho vulnerado de la accionante, respecto a la disminución de su renta debido al recalculo realizado por la Comisión de Calificación de Rentas; derecho que ha sido desarrollado por la jurisprudencia constitucional a través de la SC 0944/2001-R de 6 de septiembre, complementado por la SC 1206/2010-R de 6 de septiembre, y reiterado por la SCP 0479/2014 de 25 de febrero, al señalar que: ”se vulnera el derecho a la eficacia de los fallos, cuando se produce un incumplimiento total o parcial de los mismos, o cuando pretendiendo cumplirlos se da un alcance diferente o distorsionado al establecido en el fallo” (las negrillas son añadidas), vinculado al derecho a una vejez digna, porque al privarle de esos ingresos económicos se vio también afectada del ejercicio de los demás derechos conexos desde 2009, hasta la presente fecha; es decir por casi cinco años.