SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0116/2015-S3

Fecha: 20-Feb-2015

II.2.

II.2.  A fs. 7, cursa informe emitido por el Director de Urbanismo y Arquitectura de la entonces Alcaldía Municipal de Quillacollo, de 7 de noviembre de 2006, mediante el cual se informó que de la inspección realizada al lote ubicado en la zona “Irquircollo”, Distrito “III”, manzano 103 de propiedad de los hoy accionantes, aprobado por la RTA 219/06 de 28 de marzo de igual año, emitida por dicho Municipio, se evidenció que no cuenta con un ingreso vehicular directo porque interfiere un pequeño parque recreativo; por lo que, contando con la documentación completa “…se debe permitir un acceso directo a la vía pública, en este caso a través del parque con uso restringido, únicamente a los propietarios de dicho inmueble.