SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2015-S1

Fecha: 26-Feb-2015

II.6.

II.6.  Mediante Auto de 7 de mayo de 2013, la Jueza Cuarta de Instrucción en lo Civil de Oruro, resolvió declarar probada la excepción previa de impersonería en el demandante; consecuentemente, dispuso el archivo de obrados, con el argumento que según lo dispuesto por el Estatuto Orgánico de la Asociación de Mecánicos y Ramas Afines, no es atribución del Directorio sino de la Asamblea General otorgar poderes así lo establece el inc. h) del art. 25 de la norma señalada, cuando aclara que es facultad de la Asamblea realizar todo acto que se relacione con la finalidad que se haya propuestos, y conforme se evidencia del Testimonio de poder 091/2011 ha sido conferido por el Directorio y no por la Asamblea, como debía serlo   (fs. 122 a 123).