SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2015 S-1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2015 S-1

Fecha: 26-Feb-2015

Fragmento 24

         De los antecedentes que cursan en obrados, se establece que en la investigación seguida por el Ministerio Público a querella de María Isabel Velasco Guardia contra Richard Colque Sejas, por la presunta comisión de los delitos previstos en los arts. 271, 293, 298 y 308 del CP; el 10 de mayo de 2012, Julieta Montaño Salvatierra, Directora de la Oficina Jurídica de la Mujer, denunció al Fiscal de Materia Eduardo Guzmán Cuadros, por la presunta comisión de faltas muy graves, previstas en el art. 107.7 de la LOMPabrg, arguyendo que la impugnación al rechazo de querella, no fue remitida ante el superior en grado por más de un mes, hecho que vulnera el art. 305 del CPP, y que de manera arbitraria e injustificada habría solicitado fotocopias legalizadas de todos los actuados, sin que exista norma o reglamento alguno que disponga que la víctima deba pagar por ese concepto para descargo del Fiscal, infringiendo los principios de gratuidad y celeridad.