Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0274/2015 S-1
Fecha: 26-Feb-2015
II.8.
II.8. El procesado interpuso el recurso jerárquico cuestionando la participación del Investigador Disciplinario, Tito Guaraguara Martínez, por carecer de personería, arguyendo la existencia justificada de incumplimiento de plazos debido a la carga procesal y falta de asistente, la ausencia de dolo y daño y que la autoridad sumariante debió asumir una actitud imparcial y no abocarse a realizar únicamente el cómputo de los plazos (fs. 222 a 229).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 16
- como administrativa
- como la motivación de las resoluciones, la defensa, la pertinencia, la congruencia, de recurrir
- la pertinencia y la congruencia de las resoluciones, así como la motivación y la valoración de la prueba y la interpretación constitucionalmente válida
- administrativa
- III.3.El principio de seguridad jurídica
- no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución,
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.4.Análisis del caso concreto
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- REVOCAR