SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2015

Fecha: 26-Mar-2015

III.3.2.   Sobre el art. 6 del DS 1134 y la supuesta lesión a la prohibición de todo modo análogo de explotación y relación servidumbral

El accionante considera que dicha norma al obligar a que toda persona que presta servicios para una segunda institución, lo haga sin remuneración, implica una lesión a la prohibición de todo modo análogo de explotación y relación servidumbral, pese a que la medida legislativa impugnada no implica ni es equivalente a una obligación de trabajar, sino, más bien, se constituye en una restricción al derecho al trabajo fundado en la escasez de recursos económicos y la necesidad de su uso racional, aspecto que se fundamenta en el principio de Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional y Comunitario (art. 1 de la CPE) y el valor de solidaridad que impele a compartir las cargas sociales; así por ejemplo, el Tribunal Constitucional en la SC 0051/2005, declaró la posibilidad de establecer límites a salarios de jubilados para atender y coadyuvar a los más necesitados, de ahí que la prohibición de una doble percepción salarial en el sector público no resulta inconstitucional en la medida en la que no implica una obligación de trabajo para las y los servidores públicos.