SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2015-S3

Fecha: 12-Mar-2015

III.3. Análisis del caso concreto

En el caso en examen, las accionantes denuncian la vulneración de sus derechos al debido proceso y la inobservancia de los principios de legalidad y de cosa juzgada, alegando que en la fase de ejecución del proceso de división judicial del inmueble, los Vocales demandados, a solicitud de parte, pronunciaron resolución revocando la decisión del Juez a quo y dispusieron un nuevo avalúo del bien inmueble objeto del litigio para fijar un precio comercial actualizado, desconociendo la calidad de cosa juzgada que adquirió la Sentencia de primera instancia, la cual dispuso que tendrían la prioridad de la compra del inmueble sobre la base del precio establecido en el peritaje saliente a fs. 141 a 151; es decir, modificaron en ejecución de Sentencia, lo resuelto en el fallo de primera instancia que adquirió la calidad de cosa juzgada, con el argumento de que hubo desactualización del valor comercial fijado en el avalúo pericial inicial.

Es decir, que las ahora accionantes en su condición de parte demandada del proceso civil de división judicial del inmueble, fueron favorecidas en la Sentencia con la prioridad de la compra del inmueble sobre la base del precio establecido en el peritaje, siendo el motivo de la presente acción de amparo constitucional, el hecho de que en fase de ejecución de Sentencia los Vocales demandados aceptaron la solicitud de la parte demandante de actualización del avalúo pericial del inmueble, disponiendo se realicen los procedimientos periciales pertinentes para asignar al mismo un valor comercial actual.