SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0276/2015-S3

Fecha: 26-Mar-2015

I.2.3. Intervención de los terceros con interés legítimo

El representante legal de la empresa CIBO S.A., en sus alegatos vertidos en audiencia, señaló que tiene un contrato firmado para la provisión de sesenta buses que se encuentra en plena ejecución; además, indicó que si la empresa FABROS MOTORS S.R.L. -ahora accionante- conocía en diciembre de 2013 que su contrato estaba rechazado por qué esperó siete meses para interponer esta acción de amparo, a sabiendas que existe otra empresa contratada; asimismo, contra el rechazo a su recurso de revocatoria debió haber planteado recurso jerárquico conforme disponen los arts. 69 de la LPA y 122 de su Reglamento -DS 27113 de 23 de julio de 2003-.