DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0105/2015

Fecha: 08-Abr-2015

“Artículo 181.- (Planilla salarial).-

“Artículo 181.- (Planilla salarial).- La planilla salarial debe ser aprobado por el Concejo Municipal, en la que se establece la remuneración que contemple la retribución de la Alcaldesa y/o Alcalde Municipal, Concejales, Subalcalde, Personal Jerárquico y funcionarios, debiendo ser los mismos publicados por medios de comunicación oral y/o escrita como condición de transparencia”.